El calendario fiscal 2026 consolida un modelo de control basado en la trazabilidad constante del dato. La Agencia Tributaria amplía su capacidad de análisis gracias a la incorporación de información financiera con una frecuencia mucho mayor, lo que eleva el nivel de exigencia en coherencia contable y fiscal.
Este escenario afecta directamente a la forma de trabajar de asesorías, al modelo de gestión de pymes y al control interno de autónomos. Quien mantenga estructuras de revisión periódica desconectadas de la operativa real del negocio se expone a discrepancias cada vez más visibles.

Cambio de paradigma en el calendario del contribuyente en 2026
El eje del ejercicio 2026 gira en torno a la mensualización de:
- Modelo 170: operaciones con tarjeta y pagos asociados a móviles
- Modelo 196: cuentas financieras y rendimientos del capital mobiliario
Este cambio introduce una capa de validación continua que impacta en tres niveles:
Disponibilidad de información estructurada
Hacienda dispone de flujos mensuales sobre:
- cobros vía TPV
- movimientos bancarios
- comportamiento financiero agregado
Capacidad de cruce automático
Estos datos se contrastan con:
- modelos de IVA
- IRPF
- Impuesto sobre Sociedades
Reducción del margen de corrección diferida
Las desviaciones se identifican durante el ejercicio, lo que obliga a trabajar con información alineada en todo momento.
Caso práctico
Negocio con actividad intensiva en tarjeta:
- ingresos contabilizados en el Modelo 303: 32.000 €
- cobros registrados por entidades financieras: 38.500 €
Con frecuencia anual, esta divergencia quedaba diluida en el cierre.
Con frecuencia mensual, configura un patrón recurrente perfectamente identificable.
Rediseño del perímetro informativo en el calendario fiscal de 2026
Concentración de información financiera
El modelo 196 integra ahora información que antes se declaraba mediante el modelo 291, que queda eliminado.
Esto genera:
- mayor densidad informativa por declaración
- mejor capacidad de trazabilidad financiera
Nuevas obligaciones informativas
Se incorporan modelos que aumentan la visibilidad sobre medios de pago y financiación:
- Modelo 174: información sobre tarjetas
- Modelo 181: préstamos y operaciones vinculadas a inmuebles
El efecto combinado permite reconstruir con mayor precisión:
- patrones de gasto
- estructuras de financiación
- flujos asociados a activos
Modelo 185 (cotizaciones)
| Periodicidad mensual | Plazo de presentación reducido (10 días naturales) |
Este ajuste obliga a sincronizar:
| Ciclo de nómina | Liquidaciones de Seguridad Social | Reporting fiscal |
Impacto operativo por perfil
Autónomos
El impacto depende del tipo de actividad y del canal de cobro.
Actividades con TPV dominante
- hostelería
- comercio
- servicios presenciales
Requieren:
- control estrecho entre cobro y facturación
- seguimiento mensual de márgenes
Actividades B2B
- servicios profesionales
- consultoría
El foco se desplaza hacia:
- conciliación bancaria
- correcta imputación temporal de ingresos
Pymes
Las implicaciones se sitúan en la arquitectura interna de la información.
Contabilidad vs tesorería
La distancia entre ambas áreas adquiere relevancia fiscal:
- cobros anticipados
- ingresos diferidos
- operaciones a crédito
El cierre trimestral se convierte en un punto crítico de validación, donde conviene contrastar ingresos declarados en IVA con cobros bancarios y TPV, para evitar arrastrar desviaciones que, con el nuevo flujo mensual de información financiera, quedan expuestas de forma recurrente.
Asesorías
El impacto es estructural.
Evolución del modelo de trabajo
Se impone un cambio de revisión ex post a validación continua del dato
Punto crítico
La carga principal se concentra en la verificación previa a la presentación.
Riesgo operativo
Cuando la información llega con retraso:
- el error se incorpora a la declaración
- la corrección implica regularizaciones posteriores
Lectura operativa del calendario fiscal 2026
Enero 2026
Autónomos
Hasta el 20 de enero:
- Modelo 111: Retenciones IRPF de trabajadores y profesionales (4º trimestre de 2025)
- Modelo 115: Retenciones IRPF de alquileres de inmuebles urbanos (4º trimestre de 2025)
Hasta el 30 de enero:
- Modelo 130: Pago fraccionado IRPF (Estimación Directa) del 4º trimestre de 2025
- Modelo 131: Pago fraccionado IRPF (Módulos) del 4º trimestre de 2025.
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA del 4º trimestre de 2025
- Modelo 390: Resumen anual de IVA 2025
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (4º trimestre de 2025)
Hasta el 31 de enero (o inmediato hábil posterior):
- Modelos 180 y 190: Declaración informativa. Resúmenes anuales de retenciones (Alquileres y Nóminas/Profesionales) de 2025.
Pymes
Hasta el 20 de enero:
- Modelo 111: Retenciones IRPF nóminas y profesionales (4º trimestre de 2025).
- Modelo 115: Retenciones IRPF alquileres (4º trimestre de 2025).
- Modelo 123: Retenciones sobre dividendos o intereses de préstamos (4º trimestre de 2025). Solo si se han pagado dividendos o intereses a socios/terceros
Hasta el 30 de enero:
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA (4º trimestre de 2025).
- Modelo 390: Resumen Anual de IVA de 2025.
- Modelo 349: Operaciones Intracomunitarias (4º trimestre de 2025).
- Modelo 592: Impuesto especial envases de plástico no reutilizables (Solo si la pyme es fabricante o adquiere intracomunitariamente y no es gran empresa, 4º trimestre de 2025). (o inmediato hábil posterior):
Hasta el 31 de enero (o inmediato hábil posterior)
- Modelos 180, 190 y 193: Resúmenes anuales de retenciones de 2025.
- Modelo 184: Declaración informativa de entidades en atribución de rentas (Comunidades de bienes / Sociedades Civiles)
Asesorías
- Cierre contable de 2025: Consolidar balances antes de liquidar impuestos para evitar discrepancias en el Impuesto de Sociedades de julio.
- Revisión trimestral: Presentar modelos 111, 115, 123, 130, 303 antes de las fechas límite (20 y 30 de enero).
- Campaña de Informativas: Presentar resúmenes anuales (390, 180, 190) asegurando que cuadran exactamente con los trimestrales presentados durante el año (111, 115, 303).
- Módulos de cara a 2026: Confirmar si hay clientes que deben renunciar a la Estimación Objetiva (Módulos) o al Régimen Simplificado de IVA para 2026. Fecha tope presentación Modelo 036/037: 31 de enero (o inmediato hábil).
- Solicitud de datos 347: Iniciar la comunicación con clientes para recopilar datos de operaciones con terceros (>3.005,06€) para preparar el modelo de febrero.
Febrero 2026
Autónomos
Hasta el 2 de febrero (extensión de plazo de enero):
- Modelo 130 / 131: Si no presentaste el 4º trimestre de IRPF antes del 30 de enero, puedes hacerlo el día 2 de febrero.
- Modelo 036/037 (Censal): Último día para comunicar la renuncia o revocación de los regímenes de Estimación Directa Simplificada y Estimación Objetiva (Módulos) para 2026.
Durante el mes (preparación)
- Modelo 347 (Operaciones con terceros): Comienza a recopilar facturas de proveedores y clientes con los que hayas operado por más de 3.005,06 € durante 2024. (El plazo oficial finaliza el 2 de marzo de 2026, pero la gestión debe hacerse en febrero).
Hasta el 20 de febrero:
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (enero de 2026).
Pymes
Hasta el 2 de febrero (extensión de plazo de enero):
- Modelo 180: Resumen anual de retenciones por arrendamiento de inmuebles urbanos (2025).
- Modelo 190: Resumen anual de retenciones por rendimientos del trabajo y actividades económicas (nóminas y profesionales) (2025).
- Modelo 184: Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas (Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Herencias Yacentes). Obligatorio si la entidad reparte rentas superiores a 3.000€ a sus socios/comuneros.
- Modelo 296: Resumen anual de retenciones del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (sin establecimiento permanente).
- Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados (si la empresa ofrece este beneficio social).
Hasta el 20 de febrero:
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Referencia Enero 2026). Obligatorio: Para empresas con NIF-IVA que realicen operaciones UE y estén en régimen de declaración mensual.
- Modelo 592 (Impuesto al plástico): Autoliquidación mensual (enero de 2026) o Trimestral (4º trimestre de 2025 si hubo retraso, aunque su plazo natural era enero) para empresas fabricantes o adquirentes intracomunitarios de envases de plástico no reutilizables.
Hasta el 28 de febrero:
- Modelo 369 (IVA OSS – Ventanilla Única): Régimen de importación (IOSS) correspondiente a enero de 2026.
Asesorías
Hasta el 2 de febrero
- Cierre de Informativas de 2025: Garantizar la presentación de todos los modelos 190, 180 y 184. El día 2 es la fecha límite improrrogable tras el fin de semana.
- Modificaciones censales (036): Verificar que todas las renuncias a Módulos o cambios de Estimación Directa solicitados por clientes para 2026 estén presentados.
Campaña del Modelo 347 (durante todo el mes):
- Cruce de datos: Contactar con proveedores y acreedores de los clientes para cuadrar importes superiores a 3.005,06 € (IVA incluido) del ejercicio de 2025.
- Información: Enviar cartas o emails de conformidad de saldos.
- Vencimiento: Preparar las declaraciones para su presentación antes del 2 de marzo de 2026 (fecha extendida por caer el 28 de febrero en sábado).
Planificación:
- Inspección de Libros: Revisar que los clientes acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información) no tengan errores en los libros de enero.
- Renta 2025: Comenzar a solicitar a los clientes autónomos la documentación fiscal para la campaña de Renta que se aproxima en abril (certificados bancarios, donaciones, etc.).
Marzo 2026
Autónomos
Hasta el 2 de marzo (ajuste de calendario):
- Presentar Modelo 347 (si corresponde): Declaración anual de operaciones con terceros correspondiente al ejercicio 2025. Obligatorio si has tenido operaciones con un mismo cliente o proveedor superiores a 3.005,06 € en el total del año. Nota: El plazo finaliza legalmente el 2 de marzo por ser el 28 de febrero sábado.
Hasta el 31 de marzo:
- Presentar Modelo 720: Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (si superas los 50.000€ por grupo de activos).
- Presentar Modelo 721: Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero (criptomonedas), si corresponde.
Gestión:
- Organización primer trimestre: Aprovecha para organizar tus facturas y gastos del primer trimestre de 2026 (enero-marzo) antes del cierre en abril.
- Precampaña de la Renta: Revisa con tu asesor la documentación para la campaña de la Renta 2025 (que se presenta en 2026).
Pymes
Hasta el 2 de marzo (Ajuste de calendario):
- Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceras personas (ejercicio 2025).
Hasta el 31 de marzo:
- Formulación de cuentas anuales: Los administradores deben formular las cuentas del ejercicio de 2025 (si el año fiscal coincide con el natural). Plazo máximo legal: 3 meses tras el cierre.
- Presentar Modelo 720 / 721: Si la sociedad es titular de bienes, derechos o criptoactivos en el extranjero que superen los límites, debe presentar estas declaraciones informativas.
Gestión:
- Impuesto Actividades Económicas (IAE): Revisa la cifra de negocios de 2025. Si superaste el millón de euros, debes comunicarlo mediante el modelo 840 (aunque el plazo de alta es diciembre/enero, conviene verificar el estado censal ahora para evitar errores).
Asesorías
Gestión del modelo 347:
- Al desplazarse el plazo al 2 de marzo, asegúrate de que todas las declaraciones de operaciones con terceros (Modelo 347) de tus clientes estén enviadas.
Área Mercantil:
- Recordar a las sociedades clientes la obligación de Formulación de Cuentas Anuales del ejercicio de 2025 antes del 31 de marzo. Preparar actas de formulación.
Planificación Renta y Patrimonio 2025:
- Planificar recursos y agenda para la campaña de Renta que se inicia en abril.
- Revisar carteras de criptomonedas y activos en el extranjero de clientes personas físicas para cumplir con los Modelos 720 y 721 antes de fin de mes.
Revisión del primer trimestre de 2026:
- Comprobar que los clientes llevan al día sus libros de facturas de enero-marzo 2026 de cara a la liquidación del IVA e IRPF de abril.
Abril 2026
Autónomos
Campaña Renta 2025:
- Inicio de campaña: Desde el 8 de abril se abre el plazo para presentar por Internet la declaración anual de IRPF 2025 (Modelos D-100) y Patrimonio 2025. Recopila ya tus certificados de retenciones, datos fiscales y libros de ingresos/gastos de 2025.
Hasta el 20 de abril:
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA del primer trimestre de 2026.
- Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF (Estimación Directa) del 1º trimestre 2026.
- Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF (Módulos / Estimación Objetiva) del 1º trimestre 2026.
- Modelo 111: Ingreso de retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o por actividades agrícolas/ganaderas (1º trimestre 2026).
- Modelo 115: Ingreso de retenciones de IRPF por alquileres de inmuebles urbanos donde desarrollas tu actividad (1º trimestre 2026).
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (1º trimestre 2026).
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica de IVA (ej. compras intracomunitarias si estás en Recargo de Equivalencia o Exento).
Hasta el 30 de abril:
- Modelo 369 (OSS): Ventanilla única (Regímenes exterior y de la Unión) para ventas a distancia a particulares de la UE correspondientes al 1º trimestre 2026
Pymes
Hasta el 20 de abril:
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA del primer trimestre de 2026.
- Modelo 202: Primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (ejercicio 2026). Obligatorio si tuviste beneficio en el último IS presentado o si optaste por la modalidad del art. 40.3 LIS.
- Modelos 111 y 115: Ingreso de retenciones de IRPF (nóminas y alquileres) del primer trimestre de 2026.
Hasta el 20 de abril:
- Modelo 123: Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario (ej. pago de dividendos o intereses de préstamos) del primer trimestre de 2026.
- Modelo 216: Retenciones sobre rentas de no residentes sin establecimiento permanente (Primer trimestre de 2026).
Impuestos medioambientales:
- Modelo 592: Impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables (autoliquidación 1º trimestre).
- Modelo 587: Impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero (Primer trimestre).
Gestión Societaria:
- Renta de Socios: Informar a los socios y administradores de que el plazo de Renta 2025 comienza el 8 de abril. Facilitar el certificado de retenciones (Modelo 190 presentado en enero) si aún no lo tienen.
Asesorías
Planificación de la campaña de Renta:
- El inicio de la campaña es el 8 de abril. Informar a clientes particulares y autónomos para que empiecen a preparar la documentación. Recordar que el plazo para domiciliar el primer pago de la Renta finalizará el 25 de junio, pero es mejor gestionarlo con antelación.
Cierre del primer trimestre:
- Domiciliaciones bancarias (Q1): Para los modelos trimestrales (IVA, IRPF, IS) que se vayan a domiciliar, la fecha límite recomendada de presentación es el 15 de abril (5 días antes del vencimiento legal del día 20) para asegurar la tramitación bancaria correcta.
- Revisión Modelo 202: Verificar qué clientes pyme deben presentar el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades (Modelo 202) en abril para evitar recargos, especialmente aquellos que dieron beneficios en la declaración anual presentada el año anterior.
Revisión:
- Revisar si algún cliente Pyme ha comenzado a importar envases plásticos o productos envasados de fuera de la UE en este trimestre, generando la obligación de presentar el modelo 592.
Novedad normativa (solo grandes grupos):
- Desde el 30 de abril se abre el plazo para la comunicación y declaración del Impuesto Complementario (Modelos 240 y 241) para grupos con cierre fiscal anterior al 31 de marzo de 2025, afectando solo a grandes multinacionales/ grupos nacionales gigantes. Verifica si algún cliente forma parte de un entramado de este tipo.
Mayo 2026
Autónomos
Campaña de Renta 2025 (fase telefónica):
- A partir del 6 de mayo, la Agencia Tributaria comienza a confeccionar declaraciones de Renta 2025 por teléfono.
- Si prefieres esta modalidad, recuerda solicitar tu cita previa (disponible desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
Gestión:
- Al ser un mes sin liquidaciones trimestrales de IVA o IRPF (salvo casos muy específicos), es el momento ideal para revisar tu borrador de Renta, comprobar las deducciones autonómicas y planificar el pago si el resultado es a ingresar.
Pymes
Hasta el 20 de mayo
IVA (Regímenes especiales):
- Modelo 308: Solicitud de devolución de cuotas para sujetos pasivos en Recargo de Equivalencia y transportistas (Régimen simplificado) que hayan adquirido medios de transporte
- Impuestos especiales de fabricación (cerveza, vino y bebidas fermentadas, alcohol y bebidas derivadas):
- Modelos 561, 562, 563: Declaración de operaciones del primer trimestre de 2026. Esta fecha es una excepción específica para empresas que no son grandes empresas (las grandes lo presentan mensualmente).
Hasta el 31 de mayo:
- Modelo 369: Si realizas E-commerce y estás registrado en el régimen de importación (IOSS), debes presentar la declaración de abril 2026.
Asesorías
Campaña de Renta:
- El volumen de trabajo aumenta con la apertura del plazo telefónico el 6 de mayo. Importante gestionar la agenda de citas para evitar cuellos de botella en junio.
Grandes patrimonios:
- Aunque el Impuesto sobre el Patrimonio y el de Grandes Fortunas suelen presentarse en junio, mayo es el mes indicado para recopilar la documentación bancaria y de inversiones de clientes VIP.
Novedad normativa (solo grandes grupos):
- Desde el 6 de mayo se abre el plazo para la comunicación y declaración del Impuesto Complementario (Modelos 240 y 241) para grupos con cierre fiscal anterior al 31 de marzo de 2025, afectando solo a grandes multinacionales/ grupos nacionales gigantes. Verifica si algún cliente forma parte de un entramado de este tipo.
Junio 2026
Autónomos
Hasta el 25 de junio:
- Declaración de la Renta 2025 (Modelo D-100): Fecha límite si el resultado es a ingresar y deseas domiciliar el pago en cuenta bancaria. Si se te pasa esta fecha, tendrás que solicitar un NRC (Número de Referencia Completo) a tu banco para presentarla antes del día 30.
- Impuesto sobre el Patrimonio 2025 (Modelo D-714): Igual que en la Renta, si sale a pagar y quieres domiciliar, este es el último día.
Hasta el 30 de junio (cierre de campaña):
- Declaración de la Renta 2025 (Modelo D-100): Último día para presentar declaraciones con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativas o a ingresar (sin domiciliación).
- Impuesto sobre el Patrimonio 2025 (Modelo D-714): Fecha límite para presentar el impuesto.
- Régimen de Impatriados “Ley Beckham” (Modelo 151): Si te acoges al régimen especial de trabajadores desplazados, esta es la fecha límite para tu declaración anual de IRPF.
- Modelos 282 / 283 (Canarias y Baleares): Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias o el Régimen Fiscal Especial de Illes Balears (para contribuyentes de IRPF).
Pymes
Obligaciones mercantiles (no tributarias directas):
- Aprobación de Cuentas Anuales: Si tu ejercicio coincide con el año natural, tienes hasta el 30 de junio para celebrar la Junta General Ordinaria de Socios y aprobar las Cuentas Anuales del ejercicio de 2025. Esto es necesario para poder presentar el Impuesto de Sociedades y realizar el Depósito de Cuentas en julio.
Obligaciones fiscales informativas (Hasta el 30 de junio):
- Modelos 282 / 283 (Canarias y Baleares): Si tu empresa ha recibido ayudas bajo el REF de Canarias o el Régimen de Baleares, debes presentar esta declaración informativa anual.
Preparación para julio:
- Impuesto sobre Sociedades 2025: Junio es el mes de preparación. Revisa los ajustes extracontables, bases imponibles negativas de años anteriores y deducciones pendientes. El modelo 200 se presenta en julio (del 1 al 27), pero el trabajo debe cerrarse ahora.
Asesorías
Gestión de Campaña de Renta (recta final):
- Control de domiciliaciones (25 de junio): Realiza un barrido de todos los borradores pendientes con resultado a ingresar. Asegura su presentación antes del día 25 para evitar gestiones de NRC o recargos.
- Fraccionamiento del pago (60/40): Recuerda a los clientes que fraccionen el pago de la Renta (sin intereses) que el 60% se cargará el 30 de junio y el 40% restante en noviembre.
Cierre mercantil y pre cierre fiscal:
- Actas de Juntas: Coordina con las sociedades la redacción y firma de las Actas de aprobación de Cuentas Anuales (deadline 30/06).
- Planificación del Modelo 200: Empieza a solicitar a los clientes la información para el Impuesto de Sociedades. Revisa amortizaciones, provisiones no deducibles y límites financieros.
Julio 2026
Autónomos
Hasta el 20 de julio:
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA del 2º Trimestre de 2026.
- Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF (Estimación directa) del 2º Trimestre 2026.
- Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF (Módulos / Estimación Objetiva) del 2º Trimestre de 2026.
- Modelos 111 y 115: Ingreso de retenciones de trabajadores/profesionales y alquileres del 2º Trimestre de 2026.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Pymes
Hasta el 20 de julio:
- Modelo 303: Autoliquidación de IVA del 2º Trimestre 2026.
- Modelos 111, 115, 123: Retenciones trimestrales (nóminas, alquileres y dividendos/préstamos).
- Modelo 349: Declaración de operaciones intracomunitarias (2º Trimestre).
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica de IVA (para compras intracomunitarias de empresas en recargo de equivalencia o exentas).
Hasta el 27 de julio:
- Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades 2025): Presentación anual.
Hasta el 30 de julio:
- Depósito de Cuentas Anuales: Fecha límite legal para depositar las Cuentas Anuales del ejercicio 2025 en el Registro Mercantil (si el ejercicio coincide con el año natural y se aprobaron el 30 de junio).
Asesorías
Hasta el 20 de julio:
- Gestión de modelos trimestrales: Asegurarse de la presentación de todos los modelos del 2º Trimestre (111, 115, 130, 303, 349).
- Revisar vencimientos de autoliquidaciones con domiciliación bancaria.
Hasta el 27 de julio:
- Presentación del Modelo 200 y Modelo 206 (documento de ingreso/ devolución para entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en España).
Hasta el 31 de julio:
- Modelo 369 (OSS): Ventanilla única – Regímenes exterior y de la Unión y régimen de importación (mes de junio y 2º trimestre).
- Comunicación con clientes: Confirmar la presentación de impuestos y el depósito de cuentas antes de cerrar por vacaciones en agosto.
Agosto 2026
Autónomos
- Sin obligaciones fiscales periódicas. Agosto es tradicionalmente inhábil a efectos de presentaciones trimestrales. Si ya dejaste todo cerrado en julio, disfruta de las vacaciones.
- Organización: Es el momento ideal para poner al día la digitalización de tickets y facturas acumuladas durante el año sin la presión de una fecha límite inmediata.
Hasta el 20 de agosto (solo en Transporte y Agricultura):
- Presentar Modelo 308 si estás en régimen simplificado de IVA y tienes derecho a devolución por la adquisición de medios de transporte.
Pymes
- Descanso administrativo: La mayoría de las PYMES no tienen obligaciones de presentación en agosto. Es un buen momento para revisar la previsión de tesorería de cara al “otoño fiscal” (impuestos de octubre).
Hasta el 31 de agosto:
- Empresas con un perfil exportador / E-commerce / REDEME (IVA Mensual): Presentar Modelo 303 (Autoliquidación IVA) referente a julio 2026.
- Presentar Modelo 369 (Ventanilla Única – OSS) referente a julio 2026 si vendes online a particulares en la UE.
- Nota sobre Operaciones Intracomunitarias: No debes presentar el Modelo 349 de julio este mes. La AEAT permite acumular julio y agosto para presentarlos juntos en septiembre
Asesorías
Gestión interna:
- Notificaciones: Aunque agosto es inhábil para muchos plazos administrativos, la AEAT puede seguir enviando notificaciones electrónicas (salvo que hayas solicitado los “días de cortesía”). Revisa el buzón 060 o DEHú periódicamente.
- Cierre de IVA mensual: Asegurar la presentación del Modelo 303 de julio para los clientes de REDEME/Grandes volúmenes antes del 31 de agosto.
- Planificación del cuarto trimestre: Revisar qué clientes estarán obligados a las nuevas normativas de facturación (Verifactu) o cambios censales para preparar las comunicaciones de septiembre.
Septiembre 2026
Autónomos
- Sin modelos trimestrales en septiembre. Vuelta a la actividad: septiembre es el mes para poner orden tras el verano y preparar el cierre del 3º trimestre.
- Organización: Recopila ya tus facturas de julio, agosto y septiembre. No esperes a octubre para enviarlas a tu gestor.
Hasta el 21 de septiembre:
- Presentar el Modelo 349 recapitulativo de operaciones intracomunitarias correspondientes a julio y agosto.
Hasta el 30 de septiembre:
- IVA Soportado en el extranjero. Si en 2025 viajaste por trabajo a la UE y pagaste IVA, puede solicitar la devolución (Modelo 360).
Pymes
- Mes de planificación y ajustes. Salvo para empresas en REDEME, no hay liquidaciones trimestrales.
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Si tu empresa factura más de 1 millón de euros y no está exenta, revisa el calendario de tu Ayuntamiento. El pago de las cuotas municipales suele abrirse en septiembre.
Revisión de pagos a cuenta:
- Evalúa el cierre contable provisional a 30 de septiembre.
- Revisa si el sistema de cálculo del Pago Fraccionado (Modelo 202) que presentarás en octubre es el más eficiente para tu tesorería actual.
Hasta el 21 de septiembre (Solo Pymes en REDEME/SII):
- Modelo 349: Operaciones intracomunitarias de julio y agosto.
- Modelo 303: IVA mensual de agosto.
Hasta el 30 de septiembre:
- Modelo 360/361: Fecha límite para solicitar la devolución del IVA soportado en otros países de la UE durante el ejercicio 2025.
Asesorías
- Pre-cierre del tercer trimestre: Comienza la campaña de solicitud de documentación a los clientes (facturas julio-septiembre) para evitar un cuello de botella en octubre.
Hasta el 21 de septiembre:
- Presentación de obligaciones mensuales para clientes en REDEME o con operaciones intracomunitarias (Modelos 303, 349, y 592 de Impuesto al Plástico).
Control de novedades (Modelos 170 y 196):
- Ten en cuenta que desde este año, los Modelos 170 (cobros con tarjeta) y 196 (cuentas financieras) son de presentación mensual. Aunque los presentan las entidades financieras, esto implica que Hacienda dispone de los datos bancarios y de TPV de tus clientes casi en tiempo rea. Úsalo para advertir a clientes sobre la coherencia de sus ingresos declarados.
Hasta el 30 de septiembre:
- Revisa qué clientes soportaron IVA en el extranjero en 2025 y presenta el Modelo 360. Pasada esta fecha, se pierde el derecho a la devolución.
Planificación fiscal:
- Revisa qué clientes están cerca de superar el umbral de gran empresa (6.010.121,04 € de volumen de operaciones) o los límites generales de auditoría obligatoria (activo > 2.850.000 €, cifra de negocio > 5.700.000 € o plantilla media > 50 empleados, si se cumplen dos de los tres durante dos ejercicios consecutivos), de cara al cierre del año.
Octubre 2026
Autónomos
Hasta el 20 de octubre (martes):
- Modelo 303: Autoliquidación del IVA correspondiente al tercer trimestre de 2026.
- Modelo 130 (IRPF Estimación Directa): Pago fraccionado del IRPF de empresarios y profesionales en estimación directa (3º trimestre).
- Modelo 131 (IRPF Módulos): Pago fraccionado del IRPF para autónomos en régimen de estimación objetiva (3º trimestre).
- Modelos 111 y 115 (Retenciones): Ingreso de retenciones de trabajadores/ profesionales y alquileres correspondientes al 3º trimestre.
- Modelo 349 (Operaciones intracomunitarias): Declaración recapitulativa de operaciones con la UE del 3º trimestre (si realizaste ventas o compras a empresas europeas).
- Modelo 309 (IVA no periódico): Declaración-liquidación no periódica (ej. compras intracomunitarias de medios de transporte o agricultores/médicos que realizan compras intracomunitarias de bienes).
Pymes
Hasta el 20 de octubre (martes):
- Modelo 303: Autoliquidación del 3º trimestre de 2026.
- Modelos 111 y 115 (Retenciones): Ingreso de retenciones practicadas en nóminas, facturas de profesionales y alquileres (3º trimestre).
- Modelo 202 (pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades): Presentación obligatoria de la 2ª cuota del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (ejercicio en curso 2026). Nota: Revisar la tesorería, ya que suele ser un pago relevante.
- Modelo 349 (Operaciones Intracomunitarias): Declaración recapitulativa trimestral de operaciones con operadores de la UE.
Hasta el 20 de octubre (martes):
- Modelo 592 (Impuesto al Plástico): Autoliquidación trimestral del impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables (para empresas fabricantes o que realicen adquisiciones intracomunitarias de estos productos).
Planificación:
- Comienza a recopilar información para el cierre fiscal 2026. Analiza deducciones pendientes (I+D, inversiones) y gastos deducibles antes de que finalice el año. Es el momento de evaluar si la proyección de beneficios coincide con los pagos fraccionados realizados.
Asesorías
Hasta el 20 de octubre:
- Gestión de plazos. Gestionar y presentar los modelos del 3º trimestre (111, 115, 130, 131, 303, 349, 202) para toda la cartera de clientes.
- Impuesto sobre Sociedades (202): Prestar especial atención al cálculo de la 2ª cuota del pago fraccionado (Modelo 202), verificando si se aplica la modalidad de base o de cuota según la cifra de negocios.
Planificación:
- Optimización fiscal: Comunicar a los clientes recomendaciones de cierre de año. Octubre es el mes ideal para sugerir acciones que ayuden a reducir la factura fiscal (aportaciones a planes de pensiones, regularización de existencias, adelanto de inversiones o gastos).
- Planificación de Informativas: Elaborar el calendario interno para noviembre y diciembre. Empezar a solicitar datos para los resúmenes anuales (Modelos 390, 347, 180, 190).
- Verificación censal: Revisar si algún cliente ha superado umbrales de facturación o de operaciones intracomunitarias que modifiquen sus obligaciones censales para 2027 (paso a SII, Intrastat, IVA mensual).
Noviembre 2026
Autónomos
Sin declaraciones trimestrales en noviembre.
Pago del 2º plazo de la Renta 2025: Si has fraccionado el pago de tu IRPF anual (presentado en junio), la fecha límite para abonar el 40% restante es el 5 de noviembre de 2026.
Gestión de tesorería: Aprovecha este mes para emitir facturas pendientes y gestionar cobros antes de que finalice el año para tener una visión completa de tu negocio de cara a los impuestos de cierre y reducir el riesgo de declarar facturas no cobradas.
Pymes
Mes sin obligaciones periódicas estándar. Salvo que estés en REDEME (IVA mensual), no hay liquidaciones de impuestos habituales.
Hasta el 30 de noviembre:
- Modelo 232 (Operaciones vinculadas): Presentación de la “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con paraísos fiscales” (correspondiente al ejercicio 2025 si tu año fiscal coincide con el año natural). Obligatorio si has realizado operaciones con socios, administradores o empresas del grupo que superen los límites legales (generalmente 250.000 € o transacciones específicas superiores a 100.000 €).
- Planificación del Modelo 202: En diciembre tocará el tercer pago a cuenta del Impuesto de Sociedades. Noviembre es el momento ideal para calcular la previsión de cierre y verificar que tienes la tesorería preparada.
- Inversiones de fin de año: Evalúa si conviene adelantar compras o inversiones antes del 31 de diciembre para aprovechar deducciones fiscales o amortizaciones en el ejercicio 2026.
Asesorías
Control del 2º plazo de Renta: Verifica que los clientes particulares y autónomos que fraccionaron la Renta tengan el pago domiciliado o realicen el ingreso del Modelo 102 antes del 5 de noviembre. Evita recargos innecesarios.
Hasta el 30 de noviembre:
- REDEME: Último día para solicitar la inscripción o baja en el Registro de Devolución Mensual de IVA para que surta efectos en 2027.
- SII: Plazo para renunciar al Suministro Inmediato de Información (si se estaba en régimen voluntario) de cara a 2027.
Campaña de cierre fiscal:
Es el momento de enviar circulares a los clientes solicitando información de cara al final del año: inventarios a fecha de cierre, facturas de gastos pendientes de contabilizar… y una revisión de cuentas de socios y caja.
Mantente alerta a los borradores de la Ley de Presupuestos para 2027, ya que las modificaciones en módulos, tipos de retención o novedades fiscales suelen concretarse en estas fechas.
Diciembre 2026
Autónomos
- Sin declaraciones trimestrales. Las últimas declaraciones fiscales periódicas del año (4º trimestre) se presentarán en enero de 2027.
- Cierre del ejercicio: Organiza todos tus ingresos y gastos de 2026. Si trabajas con mercancías, es obligatorio realizar el recuento de existencias a 31 de diciembre para regularizar tu consumo en IRPF (variación de existencias).
Planificación de Módulos en 2027:
- Si tributas en Módulos (Estimación Objetiva) y deseas pasar a Estimación Directa en 2027, debes presentar la renuncia (Modelo 036/037) antes del 31/12/2026.
- Igualmente, si deseas renunciar al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca o al Simplificado de IVA.
Pymes
Hasta el 21 de diciembre:
- Modelo 202: Presentar el 3º pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (ejercicio en curso). Nota: El plazo oficial es el 20, pero al ser domingo, se traslada al lunes 21.
Cierre contable y fiscal 2026:
- Registra las amortizaciones, provisiones de insolvencias y ajustes de periodificación antes de cerrar el año.
- Inventario anual: Obligatorio realizar el inventario de existencias con fecha 31/12/2026.
- Actas: Documenta las operaciones societarias (retribución de administradores según estatutos, aportaciones de socios) antes de fin de año para asegurar su deducibilidad.
Antes del 31 de diciembre (cambios censales):
- Presentar el Modelo 036 si la empresa va a modificar su régimen fiscal para 2027 (ej. opción o renuncia al Régimen de Criterio de Caja en IVA o cambios en prorratas).
Asesorías
Campaña del Modelo 202:
- Garantizar la presentación del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades de todos los clientes antes del 21 de diciembre. Revisa las domiciliaciones bancarias con antelación (normalmente se exigen 5 días antes, aprox. 16 de diciembre).
Planificación del cierre fiscal:
- Es el momento de recomendar acciones de última hora (inversiones, planes de pensiones, revisión de gastos deducibles) para optimizar la factura fiscal.
Organización del despacho:
- Establece los turnos de Navidad. Enero de 2027 vendrá cargado con los cierres anuales y trimestrales, por lo que es importante que el equipo descanse ahora.
Preparación 2027:
- Revisa el borrador del “Calendario del Contribuyente 2027” (publicado habitualmente por la AEAT a finales de diciembre) para organizar tu agenda.
Patrones de error en el calendario del contribuyente en 2026
| Asincronía entre sistemas | Retrasos en contabilización | Falta de visión integrada |
| Divergencias entre: – facturación – bancos – ERP | El dato se registra después de la declaración, generando ajustes posteriores. | Gestión fiscal, contable y financiera tratadas como bloques independientes. |
Herramientas para cumplir con el calendario fiscal del contribuyente
Automatización contable y tributaria
Utilizar una solución de TeamSystem permite sincronizar tu contabilidad con la normativa vigente, generar modelos tributarios oficiales y programar recordatorios automáticos para evitar sanciones.
Calendario del contribuyente digital personalizado
Algunos programas permiten importar automáticamente el calendario de la AEAT a tu software de gestión, filtrando solo los modelos aplicables a tu actividad.





0 comentarios