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Tramos del Impuesto sobre Sociedades 2026: cómo aplicar los tipos del 19% y 23%

9 junio 2026 | Fiscal

El Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 (cuya presentación se realiza en julio de 2026) incorpora una de las reformas fiscales más relevantes de los últimos años para pequeñas empresas y micropymes en España. La reducción progresiva de tipos impositivos busca aliviar la carga tributaria de los negocios con menor capacidad financiera y favorecer la reinversión empresarial. Según la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las nuevas medidas introducen un sistema de tributación más escalonado para determinados contribuyentes, especialmente aquellos con menor volumen de facturación. Este nuevo marco obliga a revisar con detalle cómo calcular correctamente la cuota tributaria para evitar errores en la presentación del Modelo 200.

nuevos tramos impuesto sociedades

Principales novedades del impuesto sociedades 2026

El ejercicio fiscal 2025, cuya declaración se presenta en 2026 marca un cambio importante en la tributación empresarial en España. La reforma introducida mediante la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, modifica el artículo 29 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y establece una reducción progresiva de los tipos de gravamen aplicables a micropymes y entidades de reducida dimensión. 

Hasta ahora, gran parte de las sociedades tributaban bajo un tipo general prácticamente uniforme. Con la nueva normativa, el legislador introduce un sistema más segmentado que distingue entre empresas según su volumen de facturación y naturaleza jurídica.

El principal objetivo de esta rebaja fiscal es fortalecer el tejido empresarial español. La medida pretende mejorar la liquidez de las empresas más pequeñas, facilitar la inversión y reducir la presión fiscal en un contexto económico marcado por la inflación, el aumento de costes operativos y el endurecimiento de las condiciones de financiación.

Además, estas modificaciones afectan no sólo al cálculo anual del impuesto, sino también a los pagos fraccionados del Modelo 202. Las modificaciones también pueden afectar al cálculo de determinados pagos fraccionados, por lo que conviene revisar las previsiones fiscales y la parametrización utilizada en los modelos 202 para evitar desviaciones en la planificación tributaria.

Otro aspecto relevante es que los beneficios fiscales no se aplican automáticamente a todas las sociedades. Las entidades patrimoniales quedan excluidas de muchos de los nuevos incentivos fiscales, manteniéndose en numerosos casos bajo el tipo general del 25 %. Esto obliga a analizar correctamente la actividad económica real de cada sociedad antes de aplicar cualquier reducción tributaria.

Los nuevos tipos impositivos constituyen una de las principales modificaciones de la Campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025, pero no son la única. La normativa también incorpora cambios relevantes en materia de incentivos fiscales, reserva de capitalización, tributación mínima y obligaciones de presentación. Si quieres conocer el contexto completo de la reforma, consulta nuestra guía sobre las novedades del Impuesto sobre Sociedades 2026.

Desglose de los tipos impositivos para el ejercicio fiscal 2026

La reforma del Impuesto sobre Sociedades para la campaña de 2025 a presentar en 2026 establece distintos tipos impositivos según la cifra de negocios de la empresa. El criterio principal para determinar el tramo aplicable es el Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) del ejercicio anterior.

Esta clasificación afecta directamente al porcentaje de tributación y al modo en que debe calcularse la cuota íntegra del impuesto. Por ello, resulta imprescindible revisar correctamente la facturación consolidada de la sociedad antes de presentar el Modelo 200.

1. Micropymes (Entidades con INCN inferior a 1 millón de euros)

Las micropymes son las principales beneficiadas por la reforma fiscal de 2026. Las sociedades con una facturación inferior a 1 millón de euros pasan a tributar mediante un sistema progresivo dividido en dos tramos.

El nuevo esquema establece:

  • 19 % sobre los primeros 50.000 € de base imponible.
  • 21 % sobre el resto de la base imponible.

Este sistema introduce por primera vez una lógica progresiva dentro del Impuesto sobre Sociedades para empresas de pequeño tamaño.

Por ejemplo, una microempresa con una base imponible de 140.000 € tributaría:

  • 9.500 € por los primeros 50.000 € al 19 %.
  • 18.900 € por los 90.000 € restantes al 21 %.

La cuota íntegra total sería de 28.400 €, frente a los 35.000 € que habría pagado aplicando el tipo tradicional del 25 %. El ahorro fiscal alcanzaría los 6.600 €.

La reforma también incorpora una transición gradual de tipos:

EjercicioHasta 50.000 €Resto base imponible
202423 %23 %
202521 %22 %
202619 %21 %
202717 %20 %

No obstante, este sistema exige un control exhaustivo de la facturación. Superar el umbral de 1 millón de euros implica perder automáticamente el régimen progresivo, pasando a tributar bajo el régimen de pymes.

2. Pymes (Entidades con INCN entre 1 y 10 millones de euros)

Las empresas de reducida dimensión aplicarán un tipo fijo del 23 % en 2026. Esta reducción supone una rebaja frente al tipo general del 25 % utilizado tradicionalmente.

A diferencia del régimen de micropymes, el cálculo para pymes no utiliza progresividad. El 23 % se aplica directamente sobre toda la base imponible.

La evolución prevista por la normativa es la siguiente:

EjercicioTipo aplicable ERD
202425 %
202524 %
202623 %
202722 %
2028 y siguientes21 %

Además de la reducción del tipo nominal, las pymes pueden seguir aplicando incentivos específicos contemplados en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Entre los incentivos que pueden seguir resultando aplicables para las entidades de reducida dimensión destacan:

  • La libertad de amortización y la amortización acelerada en los supuestos legalmente previstos.
  • Los incentivos específicos regulados para las empresas de reducida dimensión en el Capítulo XI del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
  • La reserva de capitalización y otros mecanismos orientados a reforzar la financiación empresarial mediante recursos propios.

Estas medidas buscan favorecer la capitalización empresarial y estimular la creación de empleo estable.

3. Tipo General (Grandes empresas y otras entidades)

Las sociedades que superen los 10 millones de euros de  Importe Neto de la Cifra de Negocios mantendrán el tipo general del 25 %. Este régimen también se aplica a determinadas entidades patrimoniales y corporaciones excluidas de los incentivos para pequeñas empresas.

La normativa incorpora además mecanismos de tributación mínima para grandes compañías. En determinados supuestos, especialmente para empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros o grupos en consolidación fiscal, se establece una tributación mínima efectiva del 15 %.

Este régimen limita, en determinados supuestos, el efecto de determinados incentivos fiscales sobre la tributación efectiva de las entidades afectadas 

Las grandes empresas afrontan un entorno fiscal mucho más restrictivo que las micropymes y pymes. También existen tipos superiores para sectores concretos como entidades financieras o compañías vinculadas al sector de hidrocarburos, que pueden tributar al 30 %.

4. Entidades de Nueva Creación (ENC)

Las empresas de nueva creación mantienen uno de los incentivos fiscales más relevantes del sistema tributario español. Las entidades que inicien una actividad económica podrán tributar al 15 % durante:

  • El primer ejercicio con base imponible positiva.
  • El ejercicio inmediatamente posterior.

Este beneficio busca facilitar la consolidación financiera de startups y nuevos proyectos empresariales durante sus primeras fases de crecimiento.

Sin embargo, la normativa establece limitaciones importantes para evitar usos abusivos del régimen. No podrán acogerse sociedades creadas para continuar actividades ya existentes ni aquellas integradas desde el inicio en grupos empresariales.

Asimismo, las entidades de nueva creación deberán tener en cuenta las reglas de tributación mínima previstas en la normativa vigente cuando resulten aplicables 

Tabla resumen: Tramos y facturación en 2026

La siguiente tabla resume los principales tipos impositivos aplicables en el Impuesto sobre Sociedades 2026.

Tipo de EmpresaLímite de FacturaciónTipo Impositivo 2026
MicropymesInferior a 1 millón €19 % hasta 50.000 € y 21 % resto
PymesEntre 1 y 10 millones €23 %
Grandes empresasSuperior a 10 millones €25 %
Entidades de Nueva CreaciónSegún requisitos legales15 %

El criterio determinante para la aplicación de los tipos reducidos es el importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior, calculado conforme a la normativa mercantil y fiscal aplicable. 

Los límites de facturación actúan como verdaderos puntos de inflexión fiscales. Un pequeño incremento de ingresos puede modificar completamente el régimen tributario aplicable al ejercicio siguiente, por lo que resulta imprescindible monitorizar correctamente la cifra de negocios anual.

Aplica los nuevos tramos automáticamente con TeamSystem Sociedades

La complejidad de los nuevos tramos del Impuesto sobre Sociedades hace que los cálculos manuales sean cada vez más arriesgados. Aplicar correctamente sistemas progresivos como el de las micropymes requiere segmentar bases imponibles, controlar límites de facturación y adaptar continuamente los modelos fiscales.

Trabajar únicamente con hojas de cálculo incrementa considerablemente el riesgo de errores ante Hacienda. Una mala parametrización puede provocar liquidaciones incorrectas, sanciones o requerimientos de la Agencia Tributaria.

Por eso, muchas asesorías y departamentos financieros ya trabajan con soluciones especializadas como TeamSystem Sociedades. El software detecta automáticamente el volumen de facturación de la empresa y aplica el tipo impositivo correspondiente sin necesidad de cálculos manuales.

La herramienta automatiza procesos clave como:

  • Aplicación automática de los nuevos tramos del 19 %, 21 % y 23 %.
  • Generación del Modelo 200 adaptado a la normativa vigente.
  • Cálculo de pagos fraccionados del Modelo 202.
  • Control de bases imponibles negativas.
  • Gestión de deducciones y ajustes fiscales.
  • Validación de incoherencias antes de presentar la declaración.

Además, TeamSystem Sociedades permite adaptar rápidamente los cálculos ante futuras modificaciones normativas, reduciendo el riesgo operativo y mejorando la seguridad jurídica de la empresa.

La correcta aplicación de los nuevos tipos exige revisar la clasificación fiscal de cada entidad y parametrizar adecuadamente las herramientas de cálculo utilizadas en la elaboración del Modelo 200.

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Artículo creado por el equipo de redactores de TeamSystem España y revisado por:
Laureano Ayuso Gómez
Group Product Manager – Despachos Profesionales en TeamSystem España. Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas por la Universidad de Salamanca. Desde su incorporación en 1997 en TeamSystem - Aplifisa, empresa desarrolladora de software de gestión para despachos profesionales, ha desempeñado diversas funciones vinculadas a la dirección y a la gestión y liderazgo de proyectos.

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