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Magazine » Fiscal » ¿Qué es el modelo 222 y para qué sirve?

¿Qué es el modelo 222 y para qué sirve?

17 noviembre 2025 | Fiscal

El modelo 222 es un documento tributario esencial para los grupos de sociedades que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal en España. Se trata de la autoliquidación oficial exigida por la Agencia Tributaria (AEAT) para realizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (IS). Es decir, este modelo permite a los grupos empresariales abonar el impuesto en tres pagos anticipados a lo largo del año, en lugar de un único pago al cierre del ejercicio. El modelo 222 es al grupo lo que el 202 es a la entidad individual.

Este régimen está regulado por la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, que define en su artículo 40 la obligación de efectuar pagos fraccionados y en los artículos 55 a 75 las condiciones del Régimen de consolidación fiscal. La sociedad dominante del grupo es la encargada de presentar el modelo en nombre de todas las dependientes, consolidando la información financiera.

modelo 222

Quién debe presentarlo y cuándo

El modelo 222 lo deben presentar exclusivamente los grupos fiscales acogidos al régimen de consolidación fiscal. Este régimen permite que varias sociedades relacionadas (una dominante y sus dependientes) tributen como un único contribuyente, lo que posibilita compensar beneficios y pérdidas entre las distintas entidades.

La presentación se realiza de manera centralizada por la sociedad dominante, que calcula la base imponible consolidada y presenta un único modelo en nombre del grupo. Las filiales no están obligadas a hacerlo de forma individual.

Un punto importante es que la presentación del modelo 222 es obligatoria incluso con resultado cero. Esto significa que el grupo debe presentar la autoliquidación aunque no haya importe a ingresar. Esta exigencia permite a la AEAT disponer de información actualizada sobre la situación económica de los principales grupos empresariales, convirtiéndo este modelo en un instrumento de control tributario y macroeconómico.

Plazos de presentación:

  • Durante los 20 primeros días naturales de abril, octubre y diciembre.
  • Si se realiza por domiciliación bancaria, el plazo se reduce a los 15 primeros días naturales de esos meses.
    Si el último día coincide con un festivo, sábado o domingo, el plazo se prorroga hasta el siguiente día hábil.

Cómo se calcula el pago: modalidades del art. 40 LIS y reglas del grupo fiscal

La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece dos formas de cálculo para los pagos fraccionados, recogidas en su artículo 40.

Modalidad 40.2 LIS (basada en la cuota del ejercicio anterior):
El pago se calcula aplicando el 18 % sobre la cuota íntegra del último ejercicio declarado mediante el modelo 220. Es un método sencillo, pero no refleja la situación económica real del año en curso.

Modalidad 40.3 LIS (basada en la base imponible del ejercicio en curso):
Esta opción, habitual en grandes grupos, se basa en la base imponible acumulada hasta el momento del pago. La cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a la base el porcentaje que resulte de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto, descontando bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta.

Reglas específicas para grupos fiscales

En la modalidad del artículo 40.3, el cálculo sigue cuatro pasos principales:

  1. Suma de bases imponibles individuales de todas las sociedades del grupo.
  2. Ajustes de consolidación, eliminando los resultados generados por operaciones internas.
  3. Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores del grupo.
  4. Aplicación del tipo impositivo y deducciones para determinar la cantidad final a ingresar.

Por ejemplo, si una sociedad del grupo obtiene un beneficio de 1.000.000 € y otra una pérdida de 800.000 €, la base consolidada sería 200.000 €. El pago fraccionado se calculará sobre esa cantidad, lo que reduce la necesidad de liquidez y optimiza la tesorería del grupo.

¿Cómo se presenta el modelo 222?

La presentación del modelo 222 es exclusivamente telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT. No se admite en papel bajo ningún supuesto.

Pasos para la presentación online

  1. Acceder al formulario en la web de la AEAT.
  2. Identificarse con certificado electrónico o sistema Cl@ve.
  3. Rellenar los datos del grupo (NIF, razón social, periodo y datos económicos).
  4. Validar la declaración para comprobar posibles errores.
  5. Realizar el pago, si procede, obteniendo el NRC (Número de Referencia Completo).
  6. Firmar y enviar la declaración electrónicamente.
  7. Descargar el justificante PDF, que acredita la presentación.

Además, si se producen variaciones en la composición del grupo fiscal (por ejemplo, la incorporación de una nueva filial), deben comunicarse mediante un anexo adjunto al modelo 222 en la primera declaración en la que el cambio tenga efecto.

Casos con normativa foral (País Vasco y Navarra)

En las comunidades del País Vasco y Navarra, el sistema fiscal es diferente debido a su régimen foral propio.

  • Navarra: los grupos fiscales utilizan el modelo S-91, con presentación habitual del 1 al 20 de octubre. Si el grupo tributa parcialmente en Navarra, seguirá los plazos estatales (abril, octubre y diciembre).
  • País Vasco: los grupos bajo normativa foral presentan el modelo 223, entre el 1 y el 25 de octubre. Sin embargo, los grupos estatales o navarros con actividad en el País Vasco deben presentar el modelo 222 ante la AEAT y el modelo 223 ante las diputaciones forales en los mismos plazos que en territorio común.

Relación con los modelos 200, 202 y 220

El modelo 222 forma parte de un ecosistema de declaraciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades:

  • Modelo 202: pago fraccionado Impuesto Sociedades para sociedades individuales.
  • Modelo 222: pago fraccionado Impuesto Sociedades para grupos fiscales en Régimen consolidación fiscal.
  • Modelo 220: Impuesto de Sociedades. Régimen de consolidación fiscal.
  • Modelo 200: Impuesto de Sociedades individual.

Los importes ingresados mediante el modelo 222 se restan de la cuota total del modelo 220, de modo que ambos deben estar perfectamente coordinados.

El uso de software contable especializado permite automatizar esta coherencia, consolidando la información financiera y evitando errores en los cálculos. 

El modelo 222 es una pieza clave en la gestión fiscal de los grupos consolidados. Más que una obligación administrativa, representa una herramienta estratégica para la planificación financiera, que permite optimizar los flujos de tesorería y garantizar el cumplimiento tributario conforme a la normativa vigente.

Su correcta gestión requiere una contabilidad precisa, sistemas informáticos actualizados y coordinación entre departamentos. Contar con soluciones profesionales como TeamSystem Contasol facilita enormemente esta tarea, asegurando la presentación puntual y correcta de todas las declaraciones.

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Artículo revisado por:
José Antonio Cuevas Manceras
Group Product Manager Compliance. Licenciado en Empresariales UAM - Diplomado en Estadistica UCM, Auditor de Cuentas. Economista auditor de cuentas, gran parte de su labor profesional la ha dedicado al asesoramiento de empresas en temas contables, fiscales y mercantiles. Ha colaborado como perito judicial en encargos asignados por los Registros y Juzgados Mercantiles.

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