La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, publicada en el Boletín Oficial del Estado, supuso una de las reformas tributarias más profundas de la última década en España. Su objetivo es reforzar el control fiscal y combatir la economía sumergida, adaptando el marco normativo español a las exigencias europeas, en particular a la Directiva (UE) 2016/1164 (ATAD).
Según la Agencia Tributaria, esta norma busca un sistema más justo, transparente y digitalizado, apoyándose en herramientas tecnológicas que permitan detectar el fraude en el momento mismo en que se produce. La entrada en vigor de su reglamento técnico, el Real Decreto 1007/2023, consolida esta transición hacia un modelo fiscal preventivo, donde la información fluye de forma inmediata entre los contribuyentes y la Administración.
Para empresas y autónomos, esto implica nuevas obligaciones en materia de facturación, límites más estrictos en el uso de efectivo y un mayor control sobre las criptomonedas y los activos digitales. Si aún no lo has hecho, te recomendamos conocer cómo adaptar tu facturación al nuevo marco con las soluciones de TeamSystem VeriFactu, totalmente alineadas con la normativa.

Cambios clave en el día a día de empresas y autónomos
La Ley Antifraude no se limita a un cambio normativo: modifica procesos cotidianos en la gestión de cobros, pagos y facturación. Tanto autónomos como pymes deben revisar sus procedimientos internos para cumplir con las nuevas reglas y evitar sanciones.
Límite de pagos en efectivo y control de criptomonedas
Uno de los cambios más visibles es la reducción del límite de pago en efectivo a 1.000 euros en operaciones donde participe un empresario o profesional. Esta medida, recogida en el artículo 18 de la ley, tiene como finalidad reducir la opacidad y fomentar la trazabilidad de las transacciones económicas. Para particulares sin residencia fiscal en España, el límite es de 10.000 euros.
El incumplimiento de este límite conlleva una sanción del 25% del importe pagado en exceso, siendo responsables tanto el pagador como el receptor. Además, la ley introduce incentivos a la regularización voluntaria, con reducciones del 50% si el pago de la sanción se efectúa antes de la notificación.
En paralelo, el control se amplía al ámbito digital con la creación de tres modelos informativos para criptomonedas, tal y como establece el Ministerio de Hacienda:
- Modelo 172: para declarar los saldos en monedas virtuales custodiados por entidades residentes.
- Modelo 173: para registrar operaciones de adquisición, transmisión o permuta de criptoactivos.
- Modelo 721: para declarar criptomonedas situadas en el extranjero cuando superen los 50.000 €.
Estos modelos, aplicables desde 2024 con datos de 2023, equiparan el control sobre criptoactivos al de los activos financieros tradicionales, cerrando así una de las vías más utilizadas para la evasión fiscal.
Valor de referencia y lista de deudores
Otro de los cambios destacados es la creación del valor de referencia catastral, determinado por la Dirección General del Catastro, que pasa a ser la base imponible mínima en los impuestos de Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados y Sucesiones.
Esto significa que, si el precio de compraventa es inferior al valor de referencia, el contribuyente deberá tributar por el valor fijado por el Catastro. Con esta medida, se busca reducir litigios y aumentar la objetividad en las valoraciones inmobiliarias.
Asimismo, se modifica la lista pública de grandes deudores de Hacienda, reduciendo el umbral de inclusión de 1 millón a 600.000 euros e incorporando a los responsables solidarios, como administradores o gestores. Solo las deudas firmes, es decir, no impugnadas judicialmente, pueden publicarse, según doctrina del Tribunal Supremo.
Facturación y software: VeriFactu y fin del “doble uso”
La ley también marca un antes y un después en la digitalización de la facturación. Su objetivo: erradicar el uso de software de doble uso, aquellos programas que permiten llevar contabilidades paralelas o manipular datos contables.
El artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria obliga a que todo sistema de facturación garantice la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. El desarrollo reglamentario de esta obligación se concreta en el Real Decreto 1007/2023, conocido como Reglamento VeriFactu.
Existen dos modalidades de software conforme a la norma:
- SIF básico, sin envío inmediato: cumple con todos los requisitos técnicos pero no envía datos automáticamente a la AEAT, sólo a petición de un inspector.
Para asegurar la integridad de los documentos no enviados se exigen más requisitos técnicos, como la firma electrónica, conservación y registro de eventos durante 5 años. - Sistema VeriFactu: remite de forma instantánea cada factura a la Agencia Tributaria.
Este sistema ofrece ventajas de simplificación y seguridad, además de una aplicación gratuita disponible en la web oficial de la AEAT.
Requisitos del SIF (registro, encadenado, QR, firma y trazabilidad)
Para que un Sistema Informático de Facturación (SIF) sea legal, debe cumplir una serie de requisitos técnicos:
- Generación automática del registro de alta y anulación. Cada documento, incluidas las anulaciones, debe generar la información fiscal en un formato digital establecido
- Encadenamiento criptográfico de facturas, garantizando la trazabilidad completa de cada factura con la anterior.
- Código QR obligatorio en todas las facturas, para permitir su verificación por la AEAT.
Además, en caso de optar por un SIF en la modalidad No Veri*Factu, en vez de un sencillo envío inmediato a la AEAT es necesario:
- Firma electrónica en los registros, asegurando autenticidad e integridad. Requiere de certificado digital
- Registro de eventos (logs) que recoja las operaciones críticas del sistema.
- Conservación durante 5 años de los registros de alta, anulación y de los eventos
Estos elementos configuran un ecosistema de control que imposibilita la alteración o eliminación de facturas, cerrando definitivamente la puerta a la contabilidad paralela.
Calendario de adaptación
El calendario de adaptación es claro y afecta a todo el tejido empresarial. Según el Real Decreto 254/2025
- A partir del 29 de julio de 2025, los productores y comercializadores deberán ofrecer únicamente software que cumpla con los requisitos del reglamento.
- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de obligados (autónomos y resto de empresas: antes del 1 de julio de 2027.
Usar un programa no adaptado tras esas fechas será ilegal y sancionable. Por tanto, es esencial que las empresas planifiquen su transición con antelación y opten por soluciones certificadas como las de TeamSystem, diseñadas para cumplir con el estándar VeriFactu y las exigencias de la AEAT.
Sanciones y recargos por extemporaneidad: qué te juegas
La Ley Antifraude no solo refuerza las obligaciones, sino también el régimen sancionador.
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria establece que el uso de software que no cumpla los requisitos o permita manipular datos es una infracción grave, sancionada con 50.000 € por ejercicio fiscal. Para los desarrolladores o distribuidores de dicho software, la sanción asciende a 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema.
Además, el incumplimiento de los límites de pago en efectivo implica una multa del 25% del importe abonado.
Como incentivo, el nuevo sistema de recargos por extemporaneidad es más flexible:
- Retrasos de hasta 12 meses: recargo del 1% mensual sin intereses.
- Más de 12 meses: recargo fijo del 15% más intereses.
También se amplían las reducciones: el pronto pago pasa del 25% al 40%, y en actas con acuerdo, del 50% al 65%, fomentando la regularización voluntaria según la Agencia Tributaria.
La Ley Antifraude 11/2021 representa una auténtica revolución en el control tributario español. Con la implementación obligatoria del sistema VeriFactu en 2027 a sociedades y autónomos, el Gobierno da un paso decisivo hacia la digitalización completa de la facturación y la prevención del fraude en origen.
Para todos los incluidos, esto se traduce en la necesidad de adaptarse cuanto antes a herramientas certificadas, garantizar la trazabilidad de sus operaciones y reducir riesgos fiscales. Cumplir con la norma no solo evita sanciones, sino que también fortalece la confianza y transparencia de los negocios en el mercado.




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