El cierre fiscal es uno de los momentos más relevantes para cualquier Pyme. Sobre todo porque supone revisar a fondo cómo ha ido tu negocio, asegurarte de que cumples con todas las exigencias legales y preparar el terreno para el ejercicio siguiente. Hablamos de ello.

¿Qué implica el cierre fiscal?
El cierre fiscal es el proceso de revisar, ajustar y consolidar toda tu contabilidad para elaborar las cuentas anuales y cumplir con tus obligaciones tributarias. Esto implica desarrollar varias acciones.
- Revisar que todos los ingresos y gastos estén correctamente contabilizados.
- Ajustar amortizaciones, provisiones y periodificaciones.
- Elaborar el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- Preparar la Memoria.
- Determinar el resultado contable y transformarlo en base imponible del Impuesto de Sociedades.
Normativamente, el Código de Comercio exige llevar contabilidad ordenada y formular las Cuentas Anuales. El Plan General de Contabilidad detalla cómo deben registrarse las operaciones y la Ley del Impuesto sobre Sociedades regula el cálculo del mismo y su declaración mediante el modelo 200. Todas ellas tienen relación con el cierre fiscal.
¿Qué tareas contables son previas al cierre?
Las semanas previas al cierre deben aprovecharse para revisar y ajustar la contabilidad y exigen llevar a cabo algunas tareas esenciales.
- Registro completo de ingresos y gastos. Es común que algunas facturas de diciembre se registren tarde. Si prestas un servicio en 2025 pero la factura no llega hasta enero, debes aplicar el criterio del devengo y reflejarlo en este ejercicio.
- Conciliaciones bancarias. Asegúrate de que los saldos de tus cuentas coincidan con los de los bancos. Si hay cheques pendientes o cargos no registrados, contabiliza o concilia antes de cerrar.
- Amortizaciones. Debes calcular y registrar la depreciación de los activos fijos según las tablas oficiales del Impuesto de Sociedades.
- Provisiones y deterioros. Reconoce posibles pérdidas por impagos de clientes, litigios o caída de valor de activos. Esto no solo es obligatorio, sino que puede tener efectos positivos en tu base imponible.
- Regularización de cuentas con socios y administradores. La cuenta 551 (Cuenta corriente con socios y administradores) no debería tener saldo al cierre del ejercicio. Dejarla pendiente se podría interpretar como una operación societaria irregular o retribución encubierta.
Revisión de balances y ajustes
Una vez tengas los asientos contables al día, llega la fase de análisis.
- Balance de situación. Te indica la solvencia de tu empresa: qué tienes (activo), qué debes (pasivo) y cuál es tu patrimonio neto.
- Cuenta de pérdidas y ganancias. Resume la actividad económica del año: ingresos, gastos y el resultado final. Es la base sobre la que se calcula el impuesto.
- Memoria anual. Complementa y aclara información de los estados financieros que integran la Cuentas Anuales.
Cierre fiscal y obligaciones tributarias
El cierre culmina con la liquidación del Impuesto de Sociedades.
- Modelo 200. Declaración obligatoria para todas las sociedades.
- Modelo 202. Pagos fraccionados en abril, octubre y diciembre.
- Legalización de libros contables. Deben presentarse en el Registro Mercantil antes del 30 de abril de 2026.
- Depósito de cuentas anuales. Hay que realizarlo en el Registro Mercantil en el mes siguiente a la aprobación de las Cuentas Anuales (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria).
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones conlleva sanciones.
¿Cómo prepararte con antelación?
La mejor estrategia para un cierre fiscal sin sobresaltos es empezar pronto. Siguiendo algunas recomendaciones prácticas, el cierre fiscal no te planteará problema alguno.
- Realiza un pre-cierre en noviembre. Esto te permite anticipar el resultado del año y prever el importe del impuesto.
- Revisa deducciones fiscales. Deducciones por I+D+i, creación de empleo o inversiones medioambientales pueden reducir la cuota final.
- Compensa bases imponibles negativas. Si tu empresa arrastra pérdidas de años anteriores, puedes aplicarlas hasta el límite permitido por la LIS.
- Planifica inversiones y gastos. Adelantar la compra de un equipo o un curso de formación antes de fin de año puede ser fiscalmente ventajoso.
- Trabaja con tu asesor. Un cierre revisado con tiempo por tu gestor o asesor fiscal evitará errores de última hora.
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